Las empresas públicas también deben aplicar ya los nuevos permisos del Gobierno

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4 de July de 2023

Porque están en vigor desde el 30-JUNIO

CSIF exige a todas las empresas públicas aplicar, desde ya, los nuevos permisos, que ha aprobado el Gobierno, que están en vigor desde el 30 de junio y que fortalecen la conciliación.

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Porque no hay excusa

No hay excusa posible porque, como queda claro en el BOE, los nuevos permisos afectan al sector público y privado. Los empleados/as de las empresas públicas no podemos ser una excepción.

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Y, en definitiva, porque nos corresponden

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  • PERMISO RETRIBUIDO DE HASTA 5 DÍAS  AL AÑO en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario para familiares de hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad o persona con la que se conviva.

 

 

  • PERMISO DE 8 SEMANAS PARA PADRES CON HIJOS DE HASTA 8 AÑOS PENDIENTE DEL DESARROLLO DE DISPOSICIONES LEGALES PARA SU RETRIBUCIÓN, que podrán disfrutar de manera continua o discontinua, y a tiempo parcial o completo.

 

  • PERMISO RETRIBUIDO DE 4 DÍAS AL AÑO "POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR", que habilita la ausencia del trabajador/a por motivos familiares urgentes e imprevisibles.

 

  • REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO DIARIA (CON DISMINUCIÓN PROPORCIONAL DEL SALARIO) por cuidado de algún menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, cáncer u otra enfermedad grave o cuando se precise el cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.

 

 

 

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